Impuestos y gastos al comprar una vivienda en Cataluña (2026)
Actualizado: octubre de 2026 · REIMSS
Además del precio, quien compra en la Costa Brava paga impuestos y unos gastos de notaría y registro. Aquí van las cifras vigentes en Cataluña en octubre de 2026, con un ejemplo, y lo que paga cada año un propietario que no vive en España.
Vivienda de segunda mano: el ITP
La compra a un particular paga el impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP). En Cataluña, desde el 27 de junio de 2025 (Decreto Ley 5/2025), la escala general va por tramos del precio:
- Hasta 600.000 €: 10 %
- De 600.000 € a 900.000 €: 11 %
- De 900.000 € a 1.500.000 €: 12 %
- Más de 1.500.000 €: 13 %
Cada tipo se aplica solo a la parte del precio que cae en su tramo. Hay tipos reducidos (por ejemplo, un 5 %) para la vivienda habitual de ciertos compradores (jóvenes hasta 35 años con renta limitada, familias numerosas o monoparentales, personas con discapacidad); no se aplican a una segunda residencia. Quien tiene más de 10 viviendas en Cataluña («gran tenedor») paga un 20 %.
Vivienda nueva: IVA y AJD
Si se compra a un promotor por primera vez, no se paga ITP sino IVA del 10 % y, además, el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) del 1,5 % en Cataluña.
Notaría, registro y gestoría
Son honorarios regulados que dependen del precio. Como orientación: notaría entre 600 y 1.200 €, registro de la propiedad entre 400 y 800 € y gestoría entre 300 y 500 €. Si hay hipoteca, el impuesto de la hipoteca y la notaría de la hipoteca los paga el banco.
Dos ejemplos
- Piso de segunda mano de 400.000 €: ITP 40.000 € (10 %) + notaría, registro y gestoría (aprox. 1.300–2.500 €). Total de gastos, unos 41.300–42.500 €.
- Casa de segunda mano de 750.000 €: ITP 60.000 € (10 % de los primeros 600.000) + 16.500 € (11 % de los 150.000 restantes) = 76.500 €, más notaría, registro y gestoría.
Si el vendedor no es residente
Cuando el vendedor no reside en España, el comprador retiene el 3 % del precio y lo ingresa en Hacienda (modelo 211) en el plazo de un mes desde la firma. Es un pago a cuenta de los impuestos del vendedor. Lo coordina el notario.
Lo que paga cada año un propietario no residente
- IBI (impuesto municipal sobre la vivienda) y tasa de basuras, según el municipio.
- Impuesto sobre la renta de no residentes aunque la casa no se alquile: se toma como renta un 1,1 % o un 2 % del valor catastral (según el municipio) y se paga un 19 % si se reside en la UE o el EEE, o un 24 % en el resto de casos. Se declara con el modelo 210.
- Si se alquila, se tributa por el alquiler en lugar de por esa renta imputada.
Lo que no hay que pagar
- La plusvalía municipal de la venta la paga el vendedor, no el comprador.
- El impuesto del 100 % para compradores de fuera de la UE anunciado en 2025 no está en vigor.
Fuentes
- Agència Tributària de Catalunya: ITP y AJD
- Agencia Tributaria: impuesto sobre la renta de no residentes, modelos 210 y 211
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Información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico individual. Las cifras pueden cambiar: se revisan cuando cambia la norma.